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define('DISALLOW_FILE_MODS', true);{"id":1603,"date":"2019-02-18T21:03:06","date_gmt":"2019-02-18T21:03:06","guid":{"rendered":"http:\/\/grudiz.es\/?p=1603"},"modified":"2019-02-19T11:21:00","modified_gmt":"2019-02-19T11:21:00","slug":"claves-sobre-el-contrato-en-practicas-para-el-primer-empleo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grudiz.es\/?p=1603","title":{"rendered":"Claves sobre el contrato en pr\u00e1cticas para el primer empleo"},"content":{"rendered":"<p>El <strong>contrato en pr\u00e1cticas para el primer empleo<\/strong> se encuadra dentro del marco contractual de pr\u00e1cticas ya existente, permitiendo ahora que las empresas contraten a personas <strong>menores de 30 a\u00f1os<\/strong> benefici\u00e1ndose de una reducci\u00f3n del 50% de la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes en dichos casos. Por tanto, estamos ante <a href=\"http:\/\/www.bbvacontuempresa.es\/yo_soy_empleo\" target=\"_blank\">ayudas para aumentar el n\u00famero de contratos<\/a> a j\u00f3venes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, si la empresa decide contratar en pr\u00e1cticas para el primer empleo a personas que actualmente est\u00e9n desarrollando <strong>pr\u00e1cticas no laborales en la organizaci\u00f3n<\/strong> (es decir, que no tienen contrato con la empresa), por estos nuevos empleados la bonificaci\u00f3n se ampliar\u00e1 hasta el 75%.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 son las pr\u00e1cticas no laborales?<\/h2>\n<p>A diferencia de los contratos de pr\u00e1cticas y de pr\u00e1cticas para el primer empleo, <strong>hablamos de una relaci\u00f3n no laboral<\/strong>, a que no existe relaci\u00f3n directa con la empresa. Se puede aplicar a j\u00f3venes de entre 18 y 25 a\u00f1os , desempleados e inscritos en el SEPE, que posean una titulaci\u00f3n universitaria, de formaci\u00f3n profesional, de grado medio superior o equivalente.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, estas personas no deber\u00edan haber tenido ninguna experiencia laboral superior a tres meses en la misma actividad, sin tener en cuenta las pr\u00e1cticas realizadas para obtener su t\u00edtulo. En definitiva, hablamos de un modelo que ofrece experiencia laboral, pero que <strong>el gobierno nos est\u00e1 invitando a abandonar<\/strong> a favor del contrato en pr\u00e1cticas para el primer empleo.<\/p>\n<p>Todo lo relacionado con este tipo de pr\u00e1cticas se puede encontrar en el\u00a0<a href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2011\/11\/18\/pdfs\/BOE-A-2011-18062.pdf\" target=\"_blank\">Real Decreto 1543\/2011<\/a>\u00a0de 31 de Octubre de 2011, con el que se regularon dichas pr\u00e1cticas.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 supone el contrato en pr\u00e1cticas para el primer empleo?<\/h2>\n<p>Sin tener en cuenta las pr\u00e1cticas no laborales, hay dos modalidades de contrato: <strong>la tradicional y la de primer empleo<\/strong>. Entre ellas existen algunas diferencias importantes.<\/p>\n<p>La principal radica en la <strong>edad de los trabajadores que pueden ser contratados<\/strong>, ya que en el formato tradicional no se establece ning\u00fan tipo de l\u00edmite, ya que solo se atiende al tiempo que haya pasado desde la finalizaci\u00f3n de los estudios: que no hayan pasado cinco a\u00f1os desde dicho momento, o siete en caso de personas con discapacidades.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, <strong>el formato tradicional no cuenta con bonificaciones<\/strong>. El \u00fanico caso en el que existe una bonificaci\u00f3n en este caso ser\u00eda en el momento de la transformaci\u00f3n en un contrato indefinido, con 500 euros en el caso de los hombres y 700 en el de las mujeres.<\/p>\n<p>El contrato para el primer empleo establece un <strong>margen de edad que termina a los 30 a\u00f1os<\/strong>, sin contar con periodos m\u00ednimos desde el fin de los estudios, y con bonificaciones del 50 o del 75% seg\u00fan el caso, como ya hemos comentado. La bonificaci\u00f3n se mantiene durante toda la vigencia del contrato.<\/p>\n<p>No se establece <strong>ninguna limitaci\u00f3n ni condiciones<\/strong> adicionales para concertar estos contratos, ya que no se obliga al empresario a mantener el nivel de empleo alcanzado con las nuevas contrataciones, al contrario de lo que ha sucedido con los otros contratos que han surgido este a\u00f1o.<\/p>\n<h2>\u00bfComo se formaliza el contrato?<\/h2>\n<p>Para <strong>poder disfrutar de las bonificaciones<\/strong> propias del contrato en pr\u00e1cticas para el primer empleo, debe formalizarse la relaci\u00f3n mediante el <a href=\"http:\/\/www.sepe.es\/contenido\/empleo_formacion\/empresas\/pdf\/Mod._176.Enero12.pdf\" target=\"_blank\">modelo PE\/176 del SEPE<\/a>, marcando las opciones que hacen referencia a la edad del empleado en pr\u00e1cticas y a los requisitos necesarios para acceder a las bonificaciones citadas.<\/p>\n<p>Estas <strong>se aplicar\u00e1n autom\u00e1ticamente<\/strong> al realizar los modelos TC1 y TC2, si hemos completado correctamente el modelo PE\/176.<\/p>\n<h2>\u00bfPuede establecerse un periodo de prueba para estos empleados?<\/h2>\n<p>Si, tanto en las pr\u00e1cticas tradicionales como para las de primer empleo, se podr\u00e1 establecer un periodo de prueba. Siempre que, por supuesto, no lo prohiba el convenio colectivo aplicable de forma expresa.<\/p>\n<p>En cuanto a su duraci\u00f3n, <strong>no podr\u00e1 ser superior al mes<\/strong> cuando los empleados en pr\u00e1cticas posean un t\u00edtulo de grado medio o certificado de profesionalidad 1 o 2, <strong>ni mayor a dos meses<\/strong> cuando posean un t\u00edtulo de grado superior o certificado de profesionalidad de tipo 3. Recordamos adem\u00e1s que, una vez finalizado el periodo de pruebas, no podr\u00e1 abrirse uno nuevo y que este <strong>contar\u00e1 a efectos de antig\u00fcedad<\/strong>.<\/p>\n<h2>Sobre el salario<\/h2>\n<p>La retribuci\u00f3n del trabajador en pr\u00e1cticas, sea en su modalidad tradicional o de primer empleo, <strong>no podr\u00e1 ser menor al 60%<\/strong> del salario m\u00ednimo (o salario fijado por convenio para dicha categor\u00eda o puesto) durante el primer a\u00f1o de contrato, ni menor al 75% del mismo durante el segundo.<\/p>\n<p>En BBVA con tu empresa |\u00a0<a href=\"http:\/\/www.bbvacontuempresa.es\/yo_soy_empleo\" target=\"_blank\">Yo soy empleo<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.bbvacontuempresa.es\/fondo\/mercado-laboral\/analisis-de-las-nuevas-medidas-del-gobierno-para-combatir-el-desempleo\" target=\"_blank\">An\u00e1lisis de las nuevas medidas del Gobierno para combatir el desempleo<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.bbvacontuempresa.es\/actualidad\/recursos-humanos\/conoce-el-nuevo-contrato-de-formaci\u00f3n-y-aprendizaje\" target=\"_blank\">Conoce el nuevo contrato de Formaci\u00f3n y Aprendizaje<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.bbvacontuempresa.es\/actualidad\/mercado-laboral\/bonificaciones-del-nuevo-contrato-para-emprendedores\" target=\"_blank\">Bonificaciones del nuevo contrato para emprendedores<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.bbvacontuempresa.es\/actualidad\/mercado-laboral\/el-contrato-indefinido-para-emprendedores\" target=\"_blank\">El contrato indefinido para emprendedores<\/a><br \/>\nImagen |\u00a0<a href=\"http:\/\/www.flickr.com\/photos\/mrconguito\/2332132892\/sizes\/o\/in\/photostream\/\" target=\"_blank\">Mr Conguito<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El contrato en pr\u00e1cticas para el primer empleo se encuadra dentro del marco contractual de pr\u00e1cticas ya existente, permitiendo ahora que las empresas contraten a personas menores de 30 a\u00f1os benefici\u00e1ndose de una reducci\u00f3n del 50% de la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes en dichos casos. 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