La duda puede surgir cuando un familiar de uno de nuestros empleados da a luz y nos solicitan unpermiso laboral para acudir al hospital y disfrutar de los primeros días del recién nacido así como apoyar o ayudar a la madre. A este respecto podemos acudir al estatuto de los trabajadores o a la jurisprudencia existente que nos aclaran cómo actuar en estos casos.
Si nos fijamos en el nombrado estatuto de los trabajadores veremos, en su artículo 37, punto 3 y letra b, que en ningún caso se vincula la enfermedad con la hospitalización sino que separa ambos conceptos. En principio podría parecer lógico pensar que la hospitalización va acompañada de alguna enfermedad pero el embarazo como tal no tiene ni debe tener tal consideración.