Los supuestos del embarazo y de la maternidad/paternidad están especialmente protegidos por la legislación laboral, por lo que la solicitud de permisos para acudir a clases de preparación al parto está reglado por un apartado específico dentro del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores.

En la letra f se nos concreta que este caso deberá ser concedido por el tiempo indispensable siempre que tenga que realizarse durante la jornada laboral. Por tanto, estos dos requisitos modulan dicho derecho y si se producen no podremos denegar el permiso.

Ahora bien, si la trabajadora ya está disfrutando de una jornada reducida o dispone de una jornada a tiempo parcial, la empresa puede entender que las clases de preparación podrían disfrutarse fuera de la jornada de trabajo sin suponer un perjuicio para ninguna de las partes.

En este caso se puede exigir un justificante del centro donde realice la preparación al parto (puede ser del servicio de salud pública si es el caso), donde se nos informen de los horarios disponibles para esta actividad.

Si la empleada trabaja por las tardes y hay clases disponibles por las mañanas, entonces podremos denegar el permiso que haya solicitado para acudir por las tardes, ya que se falla al segundo requisito al poder realizarse fuera de la jornada de trabajo.

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Imagen | Nanny snowflake

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